EXPEDIENTE DEL PROCESO
EDUCATIVO DE LA PERSONA ESTUDIANTE
COMPILADO Y EDITADO POR MSC. ERIKA SANDOVAL QUESADA
Finalidad: Recopilar información de distintas
fuentes para orientar la toma de decisiones educativas que potencien las fortalezas y habilidades
del estudiante, así como atender sus
requerimientos de apoyo.
Para tal efecto, se aplican varios procesos de recopilación:
Entrevistas previas
Observaciones
Análisis de documentos
Cuestionarios
Comunicaciones telefónicas o
virtuales
Otros.
I.
ASPECTOS GENERALES
El Expediente del proceso educativo
inicia a partir del ingreso de la persona estudiante al Sistema Educativo
Nacional y se prolonga hasta que concluya la Educación Diversificada en sus
diferentes niveles, ofertas y modalidades, tal como lo resalta la Ley
Fundamental de Educación (art. 7).
La información que se recopila en el
Expediente, su uso, resguardo, confidencialidad y mecanismos de seguridad
implementados por el Ministerio de Educación Pública y el centro educativo, se
rigen por la legislación vigente.
A. Información a
registrar
Requisitos de la información
registrada:
Objetividad.
Describir y
registrar la realidad observada. Sin juicios de valor.
Funcionalidad. Útil y
pertinente
en torno al proceso educativo de la persona estudiante
Secuencialidad en el
tiempo. Progreso
individual en el proceso educativo.
B. Tratamiento de la información
Ø De manera responsable
Ø Con profesionalismo
Ø Con respeto a la integridad del
estudiante.
Ø Sin calificativos (etiquetas).
C. Apertura y
actualización del expediente del proceso educativo
El director y docente a cargo de la
persona estudiante tendrá la
responsabilidad de dar apertura y conformación inicial del expediente. Debe estar
ubicado en un lugar de acceso por la dirección.
En secundaría, le corresponde conformar
o actualizar expediente de la persona estudiante.
Estrategia:
La información general sobre familia
los completa la familia. Esta información es registrada por el auxiliar
administrativo al realizar el proceso de matrícula, o también por el profesor
guía.
D.
Custodia del
Expediente del proceso educativo
La Dirección, como responsable del uso,
manejo del Expediente, definirá la estrategia para el resguardo digital (PIAD) y físico, así como el llenado oportuno y el
acceso pertinente de la información que contiene este documento.
La custodia y
plazos se establecen en la Ley 7202
Sistema de Archivos y su Reglamento. Ver artículo 40.
E. Traslado del Expediente del proceso
educativo
El director o directora es el responsable del
traslado, así como de darle el debido seguimiento a toda la gestión requerida
ante las instancias correspondientes (Reglamento Matricula y Traslados N°
40529-MEP, en el artículo 12). Este procedimiento se establece en el Manual de
Supervisión educativa, anexo 7 y debe realizarse en un plazo no mayor a 10 días.
II.
APARTADOS DEL
EXPEDIENTE DEL PROCESO EDUCATIVO
A.
Portada: MEP, centro educativo,
nombre de la persona estudiante.
B.
Datos generales: datos de
identificación del estudiante.
C.
Desarrollo y salud de
la persona estudiante: enfermedades y tratamientos.
D.
Datos del grupo
familiar y situación socioeconómica: encargados legales. Se actualiza cada año si hay
cambios.
E.
Información del
proceso educativo: Resume la trayectoria del estudiante en el sistema educativo.
F.
Red de apoyo: Registra los apoyos
requeridos (Inclusión y Alta DOTACIÓN). Apartado A (Primera infancia) Apartado
B (Primaria y secundaria).
G.
Plan de Estudios de
Educación de Adultos (CINDEA e IPEC): Se usan las mismas, tomando la información de los
módulos correspondientes.
III.
DOCUMENTOS ADJUNTOS
En este apartado se
agrega otro tipo de información existente, relevante y esencial, en torno al
proceso educativo del estudiante, registros anecdóticos, reunión de datos subjetivos,
familiares y personales, signos y síntomas de alguna enfermedad o experiencias.
Se anotan la fecha, el nombre y tipo de documento que sea adjunta.
Ver anexos acerca de
los ejemplos del formato del expediente del proceso educativo, en la página 16
del Manual del expediente.